En sesión extraordinaria virtual, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) acreditó de manera condicionada a siete aspirantes más a candidaturas independientes, las cuales se suman a las cuatro avaladas en la sesión del 18 de enero, por lo que en total son 11 personas que presentaron escritos de manifestación de intención para participar bajo esta figura en el Proceso Electoral Local 2023-2024.
Tras vencer el plazo para presentar escritos de manifestación, el Consejero Electoral y Titular de la Comisión de Prerrogativas de Partidos Políticos, Óscar Sánchez Félix, dio a conocer que se aprobó de manera condicionada su calidad de candidatos independientes, toda vez que las siete personas han cumplido parcialmente con la documentación requerida, y en ese sentido, con el fin de garantizar los derechos político- electorales de los ciudadanos, este Consejo General considera pertinente otorgarles un plazo máximo de 10 días para que solventen dichos requisitos.
Las siete personas referidas son: Apolinar García Carrera y Luis Antonio Medina Morales, como aspirantes a candidaturas independientes para la elección de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Culiacán; y Santos Joel Cañedo Rodríguez, para la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Mazatlán.
De igual forma, Enri Inocente Arredondo Álvarez, como aspirante a candidatura independiente por la Diputación del Distrito 3; José Octavio Morales Osuna, por la Diputación del Distrito 5; Rubén Cenobio Beltrán Monreal, por la Diputación del Distrito 15; y Herman Nevárez Retana, por la Diputación del Distrito 16.
En tanto, la Consejera Electoral e integrante de la Comisión de Prerrogativas de Partidos Políticos, Gloria Icela García Cuadras, propuso en aras de abonar a la certeza en el acuerdo, que se modifique el considerando 28, para que se precise qué documentos les falta aportar a los aspirantes.
Cabe destacar que tan pronto cumplan con los requisitos y el IEES emita las constancias de acreditación respectivas, los ciudadanos podrán a partir de ese momento, contar los 30 días de plazo que disponen para realizar los actos tendentes a recabar el porcentaje del apoyo ciudadano requerido por la ley, a través de la herramienta informática desarrollada por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Cada persona aspirante deberá reunir, cuando menos la firma de respaldo de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al Distrito electoral o al Municipio por el que desea postularse, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, en este caso, del año 2023.
Asimismo, la cédula de respaldo deberá estar integrada por ciudadanas y ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales, del Distrito o del Municipio correspondiente, en el caso de Diputaciones y Ayuntamientos, respectivamente, que sumen cuando menos el 1% de ciudadanas y ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas.
11 PERSONAS ACREDITADAS COMO ASPIRANTES A CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
NOMBRE |
CARGO AL QUE ASPIRA |
ASOCIACIÓN CIVIL |
JAIRO SAMUEL LEYVA SOTO |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL FUERTE |
“EL FUERTE RENACE AC”. |
MARTÍN ARMENTA GIL |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL FUERTE |
“DONDE CON EL ANINI A.C.”. |
VICTOR MANUEL SARMIENTO ARMENTA |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL FUERTE |
“SIN PIES FRÍOS A.C.”. |
SANTOS JOEL CAÑEDO RODRÍGUEZ (*) |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE MAZATLÁN |
«PORQUE MAZATLÁN SE LO MERECE» |
LUIS ANTONIO MEDINA MORALES (*) |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CULIACÁN |
«ALTERNATIVA DE REFUNDACIÓN SOCIAL» |
JOSÉ JAIME BELTRÁN ARMENTA |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AHOME |
“AMIGOS DE JAIME BELTRÁN” |
ENRI INOCENTE ARREDONDO ÁLVAREZ (*) |
DIPUTACIÓN DEL DISTRITO 3 |
«INOCENTE Y AMIGOS» |
RUBÉN CENOBIO BELTRÁN MONREAL (*) |
DIPUTACIÓN DEL DISTRITO 15 |
«RUCENBELMON» |
APOLINAR GARCÍA CARRERA (*) |
PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CULIACÁN |
«RENILOPA» |
HERMAN NEVÁREZ RETANA (*) |
DIPUTACIÓN DEL DISTRITO 16 |
«VIVSER» |
JOSÉ OCTAVIO MORALES OSUNA (*) |
DIPUTACIÓN DEL DISTRITO 5 |
“AMIGOS DE JOSÉ OCTAVIO MORALES A.C.” |
(*) Aspirantes con acreditación condicionada por documentación incompleta, con plazo de 10 días para solventar.